Hostilidad hacia la conversión religiosa en comunidades indígenas

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Dado que la cosmovisión propia de las comunidades indígenas rige cada aspecto de su vida y su relación con los demás miembros de la comunidad y con el mundo, en general, es importante resaltar que dicha forma de pensamiento se constituye en un elemento fundamental en la formación de la identidad propia de cada uno de sus miembros y alcanza aspectos políticos, económicos y culturales, incluso la relación con el medio ambiente y la religión.

En América Latina, existen muchas comunidades indígenas en la mayoría de los países de la región, aunque cabe decir que no en todos ellos se han reportado incidentes concretos cuando un miembro indígena decide abandonar la práctica religiosa de la comunidad y abrazar otro rito religioso al afiliarse a una nueva religión.

Así, Colombia y México siguen siendo los países más representativos respecto a este tipo de casos en los que la conversión -principalmente, al cristianismo- es rechazada por los miembros y líderes étnicos y es sancionada por los mismos a través de distintas acciones: pérdida de derechos comunitarios (incluida la inscripción en el censo estatal); impedimento de entrada/salida de la comunidad; encarcelamiento a los convertidos y sus familias; la expulsión de las comunidades, violencia física en contra de los convertidos y sus familias; pérdida de los beneficios otorgados por el Estado; impedimento para transmitir o hablar de su fe incluso en el ámbito familiar; destrucción de los hogares de los convertidos, el enjuiciamiento por parte de los líderes étnicos aunado a episodios de violencia física, entre otros.

Cabe mencionar que todas estas acciones hostiles en contra de los convertidos tienen como finalidad impedir que continúen con las prácticas de fe propias de la comunidad religiosa a la que se adhirieron y también, a través de la intimidación y difamación, evitar que en la comunidad se presenten nuevos casos similares.

Dado que la barrera cultural y geográfica de acceso a la realidad de las comunidades indígenas continúa siendo un gran desafió para la sociedad y el Estado, en algunas oportunidades la falta de claridad en el desarrollo de los acontecimientos y su relación con conflictos personales y políticos han sido la aparente justificación por parte de las autoridades para no dar una respuesta oportuna y eficiente en salvaguarda de la libertad religiosa de los convertidos, sobre todo en el aspecto de su libre elección de profesar una fe distinta y ejercerla sin riesgo de coacción o presión para cambiarla.

Aunado a ello, la aparente defensa de la “autonomía indígena” y de su propia regulación de acuerdos a los “usos y costumbres” propios de cada comunidad también han sido una excusa recurrente para no realizar acciones de reparación a las víctimas de la intolerancia religiosa y mucho menos, acciones de prevención ante la grave violación a los derechos humanos que han experimentado.

Siendo el desplazamiento forzado por motivos religiosos, una de las consecuencias más serias, ya que no sólo implica el desarraigo del convertido y su familia de su comunidad, sino también el inicio de todo un ciclo de vulneraciones de derechos fundamentales tales como: el derecho a la vida, integridad personal, libertad de circulación, seguridad personal, vivienda, trabajo, salud, alimentación, etc.

Es importante, reconocer la intolerancia religiosa como una de las causas ayudará a diseñar e implementar medidas afirmativas que atiendan las causas del problema y en el mejor de los casos, a implementar medidas de prevención, que resguarden el derecho a la libertad religiosa de los miembros de las reservas o comunidades indígenas, respetando en la medida de lo posible los usos y costumbres de estos grupos, en consonancia con los derechos humanos de todos los pobladores.

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