El mencionado documento fué remitido a las Iglesias Evangélicas de España con la finalidad de proporcionar recomendaciones y consejos para la progresiva reapertura y actividad de sus lugares de culto, llamando a la prudencia y prevención.
Escrito por FEREDE / Redacción: Actualidad Evangélica
La Federación evangélica recomienda “prudencia y prevención” para evitar contagios y que se tengan en cuenta además de las medidas generales del Gobierno las que establezcan las CCAA.
la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE) envió ayer por la tarde a sus iglesias y entidades un nuevo documento con recomendaciones para la reapertura de lugares de culto y retorno gradual a las actividades eclesiales en la etapa de nueva normalidad que se inicia tras el final del estado de alarma, el próximo domingo 21 de junio.
En dicho documento, que los interesados pueden descargar en los enlaces junto a estas líneas, FEREDE recoge las medidas del RD 21/2020 del 10 de junio, ampliadas con los anuncios hechos por el Gobierno este fin de semana, y señala lo que es de aplicación o interés para las iglesias evangélicas.
Para la celebración de los cultos dominicales presenciales, se mantienen con carácter general la necesidad de que la iglesia tenga un protocolo de actuación por escrito (para lo cual se ofrece un modelo) en el que se establezcan las medidas para: el acceso y la evacuación escalonados al lugar de culto; la desinfección e higiene; el uso de mascarillas; el mantenimiento del distanciamiento social entre los asistentes, de 1,5 metros; el control del aforo; la restricción del acceso a las personas mayores de 60 años o con síntomas de infección, o con perfil de riesgo; etc.
FEREDE recomienda en todo caso “prudencia y prevención” para evitar la propagación de contagios dentro de nuestras iglesias, y pide que se mantengan de forma complementaria las reuniones telemáticas y las retransmisiones de los cultos presenciales para las personas que no puedan o no deban asistir a los mismos por seguridad sanitaria.
Asimismo, las iglesias deberán tener en cuenta las particularidades propias de cada Comunidad Autónoma, que tras el final del estado de alarma recuperan competencias para incluir otras medidas que consideren oportunas para sus territorios. Por ejemplo, en Galicia, la primera Comunidad Autónoma en pasar a la nueva normalidad, el Gobierno regional establece para los lugares de culto un límite máximo del 75% del aforo (además de las medidas de distanciamiento), una limitación que no establece la normativa del Gobierno de España.
Un dato importante: las iglesias tienen el deber de colaborar con las autoridades sanitarias en el caso de que se detecten casos de COVID-19 en su seno, las que podrían requerir a la iglesia información sobre las personas que hayan estado en contacto con el/los contagiados a los efectos estrictamente necesarios para la contención de la pandemia.
Además de las medidas para la celebración de cultos presenciales, en su documento FEREDE también incluye recomendaciones para la celebración de bodas, bautismos, funerales, visitas pastorales, escuela dominical, campamentos, etc. Al respecto, se informa de que la normativa gubernamental no establece límites para ninguna de estas actividades más allá de las medidas de higiene, protección y distanciamiento social requeridas con carácter general para cualquier actividad. No obstante, FEREDE recomienda: tener en cuenta las normativas que se establezcan en cada Comunidad Autónoma; medir el riesgo y las posibilidades de garantizar la seguridad en cada caso; poner por escrito las medidas que la iglesia o entidad va a establecer, por ejemplo, para la celebración de un campamento; y mantener el método telefónico y telemático siempre que se pueda, por ejemplo, para las visitas pastorales.
En cuanto a las asambleas y reuniones de los órganos de Gobierno de las iglesias y entidades, está previsto que se mantenga la posibilidad de celebrarlas por medios telemáticos hasta fin de año, reconociéndose el valor legal de los acuerdos adoptados en este tipo de reuniones aunque los estatutos no contemplen esta posibilidad, siempre y cuando se garantice el acceso telemático a todos los miembros convocados y las condiciones mínimas para poder participar en una reunión de estas características.
El documento de FEREDE incluye un anexo con las normativas específicas para la Comunidad de Galicia que, como ya se ha mencionado, es la primera en haber entrado en la nueva normalidad y establece algunas particularidades respecto a las medidas del Gobierno de España, que son de aplicación para las iglesias de Galicia. Del mismo modo, FEREDE irá analizando las particularidades de aquellas Comunidades Autónomas que sea necesario tener en cuenta y enviará un anexo similar a sus iglesias y entidades a partir de la próxima semana.
>> Descargue aquí el documento de Recomendaciones para la apertura de lugares de culto de las iglesias evangélicas en la nueva normalidad
Fuente: FEREDE / Redacción: Actualidad Evangélica